
PERMISOS PARA EL DÍA DE LAS ELECCIONES MUNICIPALES Y AUTONÓMICAS
USO te resume los permisos a los que tienes derecho si eres miembro de mesa o trabajas en las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo.
Los colegios o locales electorales abren de 9:00 a 20:00 horas.
Si te han designado miembro de una mesa electoral, tienes los siguientes derechos y permisos:
- Permiso retribuido el día de las elecciones si te toca trabajar, así como reducción de cinco horas en la jornada del día siguiente (lunes 29 de mayo).
- Estás protegido por la Seguridad Social ante cualquier tipo de contingencia que pueda ocurrir el día de las elecciones.
- Percibes una dieta de 70 €. En el caso de ser suplente, esta dieta solo la cobrarás si finalmente tienes que estar en la mesa.
Además, deberás pedir un justificante a la Junta Electoral de Zona para presentar a tu empresa.
¿Qué permisos tengo para ir a votar el 28M? Varía según la comunidad autónoma en la que trabajes.
En Extremadura, Galicia, Castilla-La Mancha, Comunidad de Madrid, La Rioja, Aragón, Murcia, Andalucía, Comunidad Valenciana, Principado de Asturias, Navarra y las Islas Canarias:
- Sin permiso si la jornada laboral no coincide con la votación (de 9 a 20 horas) o sí coincide menos de 2 horas.
- 2 horas de permiso retribuido si la jornada laboral coincide con la votación entre 2 y 4 horas.
- 3 horas de permiso retribuido si la jornada coincide con la votación entre 4 y 6 horas.
- 4 horas de permiso si la jornada laboral coincide 6 o más horas con la de votación.
- Cuando el trabajo se preste a tiempo parcial, se efectuará la correspondiente reducción proporcional del permiso retribuido.
En Castilla y León, Cantabria y Cataluña:
- Las personas que trabajen el día de las elecciones dispondrán en su horario laboral de hasta 4 horas libres para ir a votar. Este permiso será retribuido. Cuando el trabajo sea en jornada reducida, se efectuará la correspondiente reducción proporcional del permiso.
En el Pais Vasco:
Las personas trabajadoras cuya jornada laboral habitual coincida en cuatro o más horas con el horario de apertura de los locales electorales, disfrutarán de un permiso retribuido de cuatro horas, que deberá disfrutarse dentro del horario de votación.
- Si la jornada coincidiera en menos de cuatro horas, el permiso se reducirá al tiempo en que coincida con el horario laboral, y deberá disfrutarse dentro del horario de apertura de los locales electorales.
- Estos permisos se reducirán proporcionalmente en su duración, si las personas trabajadoras que deseen ejercer su derecho a voto tienen reconocida para ese día una jornada inferior a la habitual, legal o convenida.
En las Islas Baleares:
- Permiso retribuido de 2 horas para el personal cuyo horario laboral coincida en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales.
- Permiso retribuido de 3 horas para el personal cuyo horario laboral coincida en cuatro o más horas y menos de seis con el horario de apertura de las mesas electorales.
- Permiso retribuido de 4 horas para el personal cuyo horario laboral coincida en seis o más horas con el horario de apertura de las mesas electorales.
Para justificar que has ido a votar y te den el permiso retribuido, una vez votes, deberás solicitar a tu mesa electoral el justificante acreditativo de haber ejercido tu derecho al voto para presentarlo en el trabajo y que no te descuenten el tiempo empleado en ello.
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USOC PONE CONFLICTO COLECTIVO POR EL TRANSPORTE
En el Centro de Producción de Catalunya se ha venido aplicando un acuerdo firmado en el año 1997 entre la dirección del Centro y el comité de empresa para compensar el mayor tiempo empleado en el desplazamiento a y de Sant Cugat. Esto se estado pagando sin ningún problema hasta recientemente un buen número de compañeros nos ha informado que la empresa ha dejado de hacerlo.
¿Y ello por qué? Según nos comunicó la Dirección Corporativa es porque el vigente III Convenio Colectivo deroga "todos los convenios, pactos, acuerdos, compromisos y estipulaciones anteriores, en la Disposición Derogatoria.
En USOC acabamos de presentar una demanda de Conflicto Colectivo esta mañana en contra de esta medida de ese punto del Convenio (pulsa sobre la imagen para leer el texto de la demanda). USOC recuerda que éste no ha sido firmado por nuestro sindicato.
Los sindicatos firmantes del III Convenio Colectivo de la Corporación RTVE son UGT/SI. ¿tendrán alguna justificación sobre este tema? ¿Eran conscientes de lo que firmaron a sabiendas de que quitaban un derecho a los trabajadores de Sant Cugat de más de 30 años? ¿Fue a cambio de algo que no pueden decir?
Teletrabajo, un conflicto más
Una vez conseguido el objetivo de recuperar la jornada semanal de 35 horas, USO vuelve a presentar otro Conflicto Colectivo para lograr como mínimo los tres días de teletrabajo para todos aquellos compañeros cuyo puesto así lo permita.
En sentencia anterior, el juzgado nos indicaba el camino a seguir en nuestra petición, y eso es precisamente lo que ahora hacemos. USO ha presentado este nuevo Conflicto para lograr la aplicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 24 de mayo de 2022 en lo referente al teletrabajo en sintonía con las medidas que las empresas y administraciones públicas deben propiciar para ahorrar y ser eficientes energéticamente. Os seguiremos informando.
USO pide destopar la jubilación forzosa
En el día de hoy USO ha enviado y registrado la siguiente solicitud a Elena Sánchez Caballero y a Marta Torralbo Liebanas. Esperamos no caiga en saco roto la aspiración de USO en el sentido de recuperar otro derecho que nunca debimos perder.